La secretaria de planeación pone a disposición de la ciudadanía una herramienta de acceso y consulta de información. Lo anterior, relevante para la toma de decisiones sobre el desarrollo de actividades económicas. Con el objetivo de promover la transparencia y facilitar el cumplimiento normativo.
La Secretaría de Planeación informa que, de conformidad con la Ley 1801 de 2016, no es obligatorio contar con un concepto de uso del suelo expedido por las curadurías urbanas para ejercer una actividad económica.
La herramienta de acceso y consulta permite a la ciudadanía verificar información clave relacionada con planeación urbana, usos de suelo y normatividad vigente. buscando simplificar tramites y apoyar a emprendedores, empresarios y comunidades a identificar requisitos mínimos para el desarrollo de sus actividades.
Laura Milena Otero Pilonieta, funcionaria de la administración enfatizó que “en concordancia con la Le 1801 de 1016, no es obligatorio obtener un concepto de uso de sueño expedido por las curadurías urbanas al momento de iniciar una actividad económica. De igual manera la Secretaría de Planeación continúa trabajando para clarificar requisitos y facilitar procesos, brindando asesoría y orientación a los actores involucrados”.
Esta herramienta se genera con el fin de brindarle a la ciudadanía un acceso rápido y publico a información relevante al momento de planificación de proyectos, reducción de tiempos y mayor transparencia en las decisiones de uso del suelo y desarrollo económico.
Invitamos a emprendedores, empresarios y ciudadanía en general a hacer uso de la herramienta de consulta para informarse y cumplir con las disposiciones vigentes. Promoviendo un desarrollo sostenible y transparente.
Link de acceso para consultar el desarrollo de una actividad económica:
https://consultadesarrolloactividadeconomica.bucaramanga.gov.co/
